¿Sabías que el carácter usurario del préstamo no determina la ilicitud de la comunicación al fichero de morosos?

El Tribunal Supremo absuelve a una entidad de indemnizar a un cliente por incluir sus datos en el fichero de solvencia patrimonial, ASNEF. Los magistrados consideran que el carácter usurario del préstamo no determina la ilicitud de la comunicación al fichero de morosos de los datos personales del prestatario, que no ha devuelto el capital del préstamo y que no ha promovido controversia respecto del préstamo ni ha intentado pagar el capital prestado

El Juzgado de Primera Instancia, tal y como informan desde el portal web de Noticias Jurídicas, consideró que “al tiempo en el que se produce la inscripción de los datos del actor en el fichero de morosos la deuda no era incierta con base a una discusión sobre su carácter usurario» pues la comunicación en la que el prestatario manifestaba su disconformidad a la prestamista y la posterior interposición de la demanda por usura tuvieron lugar varios meses después de la inclusión de los datos en el fichero de morosos, y la prestamista canceló el tratamiento de los datos cuando fue emplazada en este litigio.

Sin embrago, la Audiencia Provincial de Asturias estimó en parte la demanda tras declarar que la cuantía de la deuda por la que se incluyó al demandante en el fichero de morosos fue incorrecta por ser usurario el préstamo, que fue ilícito el tratamiento de sus datos porque al requerirle de pago no se le advirtió de que sus datos podían ser comunicados a un fichero sobre solvencia patrimonial y, además, la advertencia sobre este particular hecha al contratar el préstamo no se ajustó a la legalidad porque no mencionaba los sistemas comunes de información crediticia en los que participaba el acreedor.

Para más información pueden leer el artículo completo en https://noticias.juridicas.com/actualidad/jurisprudencia/17752-el-caracter-usurario-del-prestamo-no-determina-la-ilicitud-de-la-comunicacion-al-fichero-de-morosos/

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *